El principio de proporcionalidad como fundamento constitucional de límites materiales del Derecho penal

  • Santiago Mir Piug Universidad de Barcelona
Palabras clave: constitución, constitución española, transición, democracia, Estado Constitucional, principio de proporcionalidad, límites materiales

Resumen

La aprobación de la Constitución española en 1987, que supuso la culminación de la transición a la democracia, obligó a una relectura del ordenamiento jurídico desde la nueva óptica del Estado Constitucional. mi generación sintió con claridad que ello había de afectar a las bases mismas de la construcción teórica del Derecho penal. Personalmente encontré  en la Constitución un apoyo jurídico- positivo a la fundamentación  político -criminal y dogmática del Derecho penal en el modelo de Estado social y democrático de Derecho. Pero el desarrollo de la relectura constitucional del derecho penal español, tanto material como procesal, debía tener lugar no sólo en la doctrina, sino también y muy en particular del Tribunal Constitucional. Tomás Vives Antón, a quien dedico afectuosamente este trabajo, contribuyo decisivamente a ello en ambos ámbitos, en sus publicaciones científicas y como uno de los primeros letrados del Tribunal Constitucional, del que más adelante sería Magistrado. El manual que escribió con Cobo del Rosal, cuya primera edición apareció en 1984, dedicó su segundo capítulo (II) a los "Principios Constitucionales del Derecho Penal". (...)

Biografía del autor/a

Santiago Mir Piug, Universidad de Barcelona

Catedrático de Derecho penal en la Universidad de Barcelona, Doctor Honoris Causa por la Universidad de Alcalá (España), Doctor Honoris Causa por la Universidad Nacional de Trujillo (Perú) y Profesor Honorario de la Universidad de San Marcos (Lima, Perú). Ha sido Decano de la Facultad de Derecho de dicha universidad, y Director del Departamento de Derecho Penal y Ciencias Penales de la misma.

Publicado
2016-10-14
Sección
Artículos