17° Seminario internacional de ciencias criminais (IBCCRIM). 23 a 26 de agosto de 2011. ¿Quo vadis? - El cumplimiento normativo

  • Raúl Cervini Facultad de Derecho, Universidad de la República (UdelaR)
Palabras clave: compliance officers, oficial de cumplimiento, secreto bancario, principios de Basilea, GAFI, Ley 17.835, Ley 18.494, Severin, delincuencia económica, Tiedemann, lavado de activos, terrorismo internacional

Resumen

Los antecedentes del instituto analizado pueden rastrearse desde distintas perspectivas. La publicista brasilera Vanessa ALESSI MANZI, en valiosa monografía, encuentra los antecedentes más remotos del instituto analizado, en la Creación del Board of Governors of the Federal Reserve e los EEUU en 1913. Nosotros preferimos remitirnos estrictamente a los acuerdos y documentos a través de los cuales se perfila, directa o indirectamente, pero con suficiente nitidez la figura del Oficial de Cumplimiento. En la jurisdicción de los Estados Unidos de América, la idea de Compliance emerge con la creación del Prudential Securities en l950 y con la Regulación del SEC de 1960, donde con toda claridad se hace referencia a la necesidad de institucionalizar los “Compliance Officers” con la finalidad de crear- en su ámbitoprocedimientos de control, monitorear operaciones y entrenar personal. A un nivel más general con relación al sistema financiero en su conjunto, las leyes de Informes sobre Monedas y Transacciones Extranjeras conocida como Ley del Secreto Bancario (BSA) de 1970 (obligación de completar el formulario 4789 del Departamento de Hacienda “Currency Transaction Report” o CTR) y la posteriorley ampliatoria de la “Currency Transaction Report” (obligación de denuncia al Tesoro de operaciones en efectivo superior a los US$ 10.000) .generan un ámbito funcional propio del Compliance pero no mencionan expresamente a la persona encargada de la consiguiente tarea.(...)

Contenido:

Origen y antecedentes. Concepto. Reconocimiento normativo en el uruguay. Funciones del oficial de cumplimiento. Instrumentos. Metodología apropiada para un adecuada estructura de las matrices de riesgo.Conclusiones

 

Biografía del autor/a

Raúl Cervini, Facultad de Derecho, Universidad de la República (UdelaR)

Catedrático de Derecho Penal, de Posgrado y Director del Departamento Penal de la Universidad Católica del Uruguay; Director de la Maestría de Certificación para Oficiales de Cumplimiento ISEDE-UCUDAL; Profesor Efectivo (G4) en la Facultad de Derecho de la Universidad Mayor de la República. Secretario General para América Latina y 2do. Vicepresidente del Consejo Consultivo Internacional del ICEPS.

Publicado
2016-10-14
Sección
Artículos