Estudio acerca de la ley n.º 19.196: “responsabilidad penal del empleador”

  • Germán Aller Maisonnave Facultad de Derecho, Universidad de la República (UdelaR)
Palabras clave: empleador, derecho penal del trabajo, conflicto social, infracción, responsabilidad penal objetiva, peligrosismo delictual, punibilidad, persiguibilidad, inconstitucionalidad

Resumen

 La presente es una versión revisada, corregida y reordenada del artículo publicado en el Tomo XXVII, Año 6 la Revista CADE de Doctrina & Jurisprudencia correspondiente al mes de junio de 2014 (páginas 73 a 86), donde se efectuó una edición especial acerca de la responsabilidad penal de empleador para la cual escribieron destacados juristas del Derecho Penal, Laboral y Administrativo. Este trabajo es el fruto de las diversas charlas, conferencias y cursos que he dado sobre la ley n.º 19.196 desde su promulgación y compendia, asimismo, los aspectos fundamentales de lo en su momento informé al Poder Legislativo en la etapa de discusión del entonces proyecto de ley en la Comisión correspondiente.(...)

Contenido: Aclaración previa. Ubicación en el contexto de la ley. Deficiencias del tipo penal objetivo. Derecho penal del trabajo. Derecho penal y conflicto social. Bienes jurídicos y protección de la norma. Delito de infracción de deber institucional. Agente de la conducta típica. La víctima del delito. Ausencia del tipo subjetivo y la responsabilidad penal objetiva. Peligrosismo delictual. Acción nuclear del tipo penal objetivo. Tipo penal en blanco o abierto. Punibilidad. Persiguibilidad de oficio. Algunos comentarios acerca del art. 2 de la ley n.º 19.196. Cuestiones procesales. Inconstitucionalidad. Conclusiones.

Biografía del autor/a

Germán Aller Maisonnave, Facultad de Derecho, Universidad de la República (UdelaR)

Doctor en Derecho por la Universidad de la República (Montevideo) y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (Madrid). Profesor Agregado (Grado 4) de Derecho Penal y Adjunto (Grado 3) de Criminología de la Universidad de la República. Profesor de Derecho Penal de la Escuela Nacional de Policía. Académico Correspondiente de la Real Academia Española de Legislación y Jurisprudencia. Presidente de la Comisión de Derecho Penal del Colegio de Abogados del Uruguay. Secretario del Instituto Uruguayo de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República.

Publicado
2016-10-30
Sección
Artículos