El trabajo doméstico. La ley uruguaya y su repercusión en la normativa internacional (proyecto de convenio y recomendación de la OIT). Una mirada desde el género

  • Martha Márquez Garmendia Facultad de Derecho, Universidad de la República (UdelaR)

Resumo

Represento al Grupo “Derecho y Género” organizador de este Panel, integrado también por la Dra. Rosario Oiz (vicepresidenta del BPS), la Sra. Matilde Castillo en representación del Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas y el Dr. Juan Andrés Roballo, Inspector General del Trabajo y de la Seguridad Social. En el próximo mes de junio la Conferencia anual de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) tratará el proyecto de Convenio y Recomendación sobre “Trabajo decente en el trabajo doméstico”. Para iniciar la sesión, presentaré un breve panorama general sobre el tema, comparando dicho proyecto con la actual regulación del trabajo doméstico en Uruguay.Debe tenerse presente que el trabajo doméstico remunerado es una actividad ejercida en un 99% por mujeres, por lo cual resulta fundamental abordar el tema con un enfoque de género al momento de considerar las normas que apuntan a superar la discriminación largamente padecida por el sector. Con anterioridad a la aprobación de la ley No. 18.065 (27/11/006), en Uruguay –como en muchos otros países- el trabajo doméstico había sido tratado tradicionalmente en la legislación de manera discriminatoria, privándolo de derechos reconocidos a otros sectores laborales (entre esos derechos: limitación de la jornada, descanso intermedio, seguro de desempleo, inclusión en los Consejos de Salarios).(...)

Contenido: Principales normas del proyecto de Convenio y su relación con la normativa uruguaya

Biografia do Autor

Martha Márquez Garmendia, Facultad de Derecho, Universidad de la República (UdelaR)
Investigadora del Instituto de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Universidad de la República de Uruguay Coordinadora del Grupo “Derecho y Género” Consultora externa de OIT.
Publicado
2016-10-30
Seção
Artículos